Ya siento mucho, que este no va a ser un post especialmente divertido, pero creo que merece la pena, hacer un "kit-kat" aprovechando que es el tema de moda, a consecuencia del desastre de ley (es lo que tiene dar poder a adolescentes, aunque ronden los 40 o más).
La famosa ley del "sólo si es sí" dice que quiere poner en el centro el consentimiento, pero a la vez choca de frente con el código penal vigente, en el cual en consentimiento no vale para todo.
Artículo 147 del código penal: Este artículo indica que, por norma general, el delito de lesiones cuando se menoscabe la integridad corporal o la salud psíquica o física de una persona y se requiera un tratamiento médico o quirúrgico para dicha lesión, será castigado con pena de prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses.
El 147 del código penal, es bastante ambiguo, por el hecho que practicamente cualquier tipo de "daño" por leve que sea es susceptible de necesitar tratamiento médico (una simple receta de analgésicos, se considera cómo tal) y más vacío legal cuando hablamos de la necesidad de tratamiento por tema de salud mental. Así que en la práctica un moratón puede justificar un encausamiento penal, por el 147. Pero eso no es todo, ya que según el código penal vigente, si el causante de la lesión es varón y la "lesionada" mujer y entre ellos hay una relación afectiva, pasamos ya a la Ley Integral contra la Violencia de Género (LIVG) que contemplan otra serie de penas y medidas cautelares.
Tanto en la 147, cómo en la LIVG el consentimiento, no se contempla, más que cómo atenuante, siempre y cuando cumpla una serie de requisitos e incluso la no presentación de denuncia o la retirada no paraliza la investigación que sigue de oficio por fiscalía.
Voy a poner un ejemplo rocambolesco, pero no imposible. Imaginad que tenéis un cita en un hotel, imaginad que los huéspedes de la habitación de al lado escuchan algo y se ponen alerta, avisan a los responsables y estos a la policía creyendo que se está cometiendo un delito. En España la legislación actual, permite ante la sospecha fundada que se está cometiendo un delito, la entrada a la policía en un domicilio ( a efectos legales la habitación del un hotel es un domicilio y goza de los mismos derechos de inviolabilidad, salvo con la excepción comentada).
El protocolo en estos casos es muy simple. Se aisla a ambos miembros de la pareja y se "obliga" a ella a pasar un reconocimiento médico. Ahora imaginad que es un juego intensito en el que hay signos evidentes de violencia. El se va a ir detenido y tendrá que declarar ante un juez y eso aunque ella diga que es consentido y es un juego sexual. Muy probablemente incluso ella , deba pasar por un peritaje psiquiátrico, que confirme que no padece ningún tipo de trastorno, ni está presionada o coaccionada y aún así, al juez y o al fiscal les puede dar por tirar por el camino recto y seguir adelante con el proceso. Repito aún declarando consentimiento.
No pretendo asustar a nadie, esto no es algo que suceda, pero tampoco es imposible. Es cierto que hay cierto grado de permisividad y comprensión al respecto, pero ley en mano y con su interpretación estricta, el consentimiento no vale nada.
Y creo que sería necesario y más por parte de esos que dicen querer poner el consentimiento en el centro, que el código penal incluyera un anexo, para impedir que cosas tan rocambolescas pero no del todo imposible, pudieran poner en problemas serios a adultos que saben los que hacen.
La foto está elegida a propósito, para ilustrar que justificar esa imagen en un caso cómo el presentado, podría ser realmente problemático.

Hola! Entiendo lo que propones, pero la llamada ley del “solo si es si” es sobre Libertad sexual. En el post mencionan el delito de lesiones recogido en el código penal. El spanking es una práctica sexual en el que el consentimiento, es fundamental. No hay lesiones consentidas, sino sexo consentido…
ResponderEliminar(Sara)